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Según el artículo 17 reformado de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), una comunidad de propietarios debe aprobar el alquiler turístico de corta duración con una mayoría cualificada de 3/5 de los propietarios que represente además 3/5 de las cuotas de participación del edificio. El mismo umbral permite a una comunidad prohibir los alquileres existentes o aplicar un recargo en los gastos comunes de hasta el 20 por ciento a las viviendas destinadas a uso turístico.
España lleva tres años endureciendo las reglas en torno a los alquileres tipo Airbnb: regímenes regionales de licencias, registros estatales y, ahora, una herramienta nueva y potente en manos del propio edificio: la votación por mayoría cualificada. Si vas a comprar un piso en Valencia con la idea de alquilarlo a corto plazo, o vives encima de vecinos que ya lo hacen, este es el artículo que conviene guardar.
Cómo funciona la votación de 3/5
El artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal es la parte del derecho español que regula las decisiones que se toman en la junta de propietarios (la reunión de todos los propietarios de pisos de un edificio). Cada decisión exige una mayoría distinta: el mantenimiento ordinario solo necesita mayoría simple, los cambios estructurales requieren 3/5, y la unanimidad queda reservada para asuntos como modificar el título constitutivo del edificio.
La nueva norma sitúa el alquiler turístico de corta duración en el tramo de los 3/5. Para autorizarlo, deben coincidir tres cosas en la misma junta: al menos 3/5 de los propietarios deben votar a favor, esos mismos propietarios deben sumar al menos 3/5 de las cuotas de participación del edificio (cuota de participación) y debe haber quórum. Las cuotas son los porcentajes asignados a cada vivienda en el título constitutivo, normalmente proporcionales a la superficie, y determinan cuánto paga cada propietario en gastos comunes.
Si no se alcanzan los 3/5, la propuesta decae y el alquiler turístico sigue prohibido en ese edificio. La votación puede repetirse en una junta posterior, pero todos los propietarios afectados quedan advertidos desde el primer día.

Qué cuenta como alquiler turístico de corta duración
La normativa española de vivienda distingue tres tipos de arrendamiento. Un alquiler residencial estándar (arrendamiento de vivienda) se rige por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos), tiene una duración mínima de 5 años (7 si el arrendador es una empresa) y es lo que firma cualquier inquilino de larga duración. Un arrendamiento no residencial o temporal (arrendamiento por temporada) cubre estancias de semanas o meses por motivos como trabajo de temporada o estudios. Y una vivienda de uso turístico (VUT) es un piso comercializado a turistas, anunciado en Booking, Airbnb, Vrbo o similares, y autorizado por el gobierno autonómico como alojamiento turístico.
La votación de 3/5 se aplica explícitamente a la vivienda de uso turístico. Si abarca también el ambiguo arrendamiento por temporada ha sido fuente de litigios: algunas comunidades han votado para exigir aprobación de CUALQUIER alquiler no permanente del edificio, amparándose en la reforma de la LPH. Es de esperar que las resoluciones judiciales perfilen el límite exacto en los próximos 12 a 24 meses.
Si en mi edificio ya hay alquileres turísticos
La reforma no es retroactiva de forma sencilla. Las viviendas que ya operaban como vivienda de uso turístico con licencia antes de la fecha correspondiente conservan su derecho a seguir funcionando. Lo que cambió es la capacidad de la comunidad de plantar cara: una votación de 3/5 ahora puede restringir NUEVAS licencias turísticas en el mismo edificio, aplicar un recargo a las viviendas que ya operan (ver más abajo) o incluso proponer poner fin a la actividad existente cuando la licencia llegue a su renovación.
En la práctica: una comunidad hostil puede encarecer la vida y complicarla burocráticamente a un anfitrión existente sin echarlo legalmente, y una comunidad amigable puede mantenerlo en activo. El resultado depende por completo de los vecinos, y por eso conviene investigar el ánimo actual de la comunidad antes de comprar un piso para convertirlo en Airbnb.

El recargo del 20 por ciento en los gastos comunes
Si la comunidad vota a favor (con la misma mayoría de 3/5), los propietarios que explotan una vivienda de uso turístico en el edificio pagan hasta un 20 por ciento más de gastos comunes que las viviendas residenciales equivalentes. La justificación legal es que el alquiler turístico genera un desgaste desproporcionado del ascensor, el portal, el conducto de basura, la escalera y cualquier servicio de conserjería o limpieza. El límite lo fija la propia LPH.
Para un piso de 100 m2 en el centro de Valencia que paga unos 1.200 EUR al año de gastos de comunidad, un recargo del 20 por ciento son 240 EUR al año. Relevante como elemento disuasorio a gran escala, pero difícil que por sí solo acabe con un alquiler rentable. La verdadera fuerza de la reforma está en el poder de veto sobre la licencia, no en el recargo.
Qué significa esto para Valencia
Valencia es un caso particular en España. La ciudad impuso una moratoria de nuevas licencias de alquiler turístico en los distritos del centro (Ciutat Vella, Eixample, El Carmen, Russafa) que está vigente desde 2023 y se reforzó en 2024: conseguir nuevas licencias VUT en esas zonas es prácticamente imposible incluso antes de que entre en juego la votación de la comunidad. Para los compradores, esto significa que la reforma de la LPH cambia la ecuación sobre todo FUERA de las zonas centrales: es en un piso de Cabanyal, Algirós, Patraix o los municipios del área metropolitana donde la votación de 3/5 de la comunidad se convierte en el factor decisivo.
Si compras pensando en obtener ingresos por alquiler, los pasos prácticos de investigación son: pide al vendedor las actas de las juntas de los dos últimos años, pregunta si el edificio ya ha votado una política sobre alquiler turístico, pregunta si alguna vivienda del edificio opera actualmente como vivienda de uso turístico (los anfitriones de Airbnb tienen un número de registro consultable públicamente que puedes verificar) y presupuesta el recargo del 20 por ciento como peor escenario realista si llegas a conseguir la licencia.
Si llegas a esto desde la óptica de la inversión para alquilar, lee primero nuestra guía para comprar vivienda en Valencia. Si eres inquilino y te preocupa que tu edificio se pase al turismo, nuestra guía para alquilar en Valencia cubre tus derechos según la LAU. Y si explotas un alquiler turístico, los ingresos tributan por los tramos habituales del IRPF/IRNR; consulta nuestra guía fiscal para expatriados para los cálculos.
Fuentes y para saber más
- Ley de Propiedad Horizontal (LPH) Artículo 17 - el artículo que define los umbrales de mayoría para las decisiones de la comunidad. Texto íntegro en boe.es.
- Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda - la ley de vivienda marco que abrió la puerta a estas reformas por votación de la comunidad. BOE-A-2023-12203.
- Registro de alojamientos turísticos de la Comunitat Valenciana - la base de datos autonómica de viviendas de uso turístico con licencia en la región de Valencia. turismo.gva.es.
- Mundo Deportivo, 19 de mayo de 2026 - cobertura informativa de la entrada en vigor de la reforma en toda España. mundodeportivo.com.
- Nota: este artículo describe el marco legal vigente en mayo de 2026. Habla con un administrador de fincas local o un abogado inmobiliario antes de comprar o de votar en tu próxima junta; la aplicación varía según la comunidad autónoma y las resoluciones judiciales siguen perfilando los matices.
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Reserva una consulta gratuitaSobre el autor
Michael Bastin
Fundador, ValenciaMove - en Valencia desde 2016
Michael se mudó a Valencia en 2016 y ha ayudado a decenas de familias a instalarse desde entonces. Escribe personalmente cada guía del sitio y verifica cada dato con fuentes oficiales españolas antes de publicar.
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