
Pareja de hecho en Valencia, o casarse en España
Una es un registro autonómico que se firma en una tarde; la otra es un expediente civil que lleva meses y cambia tu declaración de la renta, tu herencia y tu régimen económico. Las dos abren la puerta de la residencia a una pareja no comunitaria. Así se elige.
Una pareja de hecho es una pareja inscrita como unión formalizada. En la Comunitat Valenciana el registro es el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas, creado por la Ley 5/2012 de la Generalitat. Es la forma más rápida de que una pareja, casada o no a ojos de cualquier otro, acredite su relación ante una administración española.
Esa prueba importa sobre todo en extranjería. La pareja registrada de un ciudadano de la UE tiene derecho a la tarjeta de familiar, y la pareja registrada de un residente no comunitario puede venir por reagrupación familiar. En ambas vías, la inscripción sustituye al largo expediente de pruebas que una pareja no registrada tiene que montar.
Lo que el registro no hace importa tanto como lo que hace. No da derechos sucesorios, ni declaración conjunta, ni régimen económico, porque el Tribunal Constitucional anuló esas partes de la ley valenciana en 2016. El matrimonio da las tres cosas. Esta página pone las dos opciones frente a frente para 2026.
Qué te pide el registro valenciano
El artículo 4 de la Ley 5/2012 enumera quién no puede inscribirse; todos los demás pueden.
Ambos mayores de edad, o emancipados
Los menores no pueden inscribirse salvo emancipación. No hay condición de nacionalidad: dos extranjeros, o un extranjero y un español, se inscriben en las mismas condiciones.
Ninguno de los dos casado
Quien sigue ligado por un matrimonio no puede inscribirse, aunque esté separado. Un divorcio o una nulidad tiene que ser firme y estar documentado antes.
Ninguna otra unión registrada
Si alguno de los dos está inscrito como pareja en otro lugar, en España o en el extranjero, esa unión debe cancelarse antes de la inscripción valenciana.
Sin parentesco cercano
Quedan excluidos los ascendientes y descendientes, y también los hermanos y demás colaterales hasta el segundo grado, por consanguinidad o adopción.
Un empadronamiento valenciano
Al menos uno de los dos debe estar inscrito en el padrón de un municipio de la Comunitat Valenciana. No hay que acreditar ningún periodo mínimo de convivencia.
Una declaración, no una ceremonia
La unión se formaliza con la declaración de ambos ante el funcionario del registro, o mediante escritura notarial que luego se inscribe. La Generalitat resuelve la inscripción en tres meses.
Inscribirse como pareja de hecho en la Comunitat Valenciana
La solicitud se dirige al registro de la Generalitat, presencialmente con cita o por su sede electrónica, con los pasaportes o documentos de identidad de ambos, un certificado de estado civil de cada uno, el certificado de empadronamiento y una declaración de que ninguno está en otra unión. Los documentos de estado civil extranjeros necesitan apostilla o legalización y, salvo que estén en español, traducción jurada.
La declaración de voluntad se hace juntos ante el funcionario del registro; la alternativa es una escritura notarial, que cuesta el honorario del notario y luego se inscribe. La ley da tres meses a la administración para resolver, y el resultado es un certificado de inscripción como unión de hecho formalizada que cualquier oficina española acepta.
La inscripción es autonómica, y eso importa. Las normas fiscales valencianas tratan como cónyuges a la pareja inscrita en su propio registro; una pareja inscrita en Madrid o Barcelona que se muda aquí no está en el registro valenciano y pierde ese trato hasta que vuelve a inscribirse. Para las vías estatales de extranjería, vale cualquier registro público de un Estado de la UE.

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El matrimonio civil: el expediente matrimonial y los papeles extranjeros
Un matrimonio civil en España empieza en el Registro Civil con un expediente que comprueba que ambos sois libres para casaros. La guía del Registro Civil de la Generalitat enumera lo que lleva: la solicitud, los dos documentos de identidad, un certificado de nacimiento expedido en el último año, un certificado histórico de empadronamiento de menos de un mes, y para quien esté divorciado o viudo el certificado del matrimonio anterior con su anotación.
Los extranjeros añaden un certificado de estado civil o de capacidad matrimonial de su país, y todo documento extranjero debe apostillarse o legalizarse y traducirse por traductor jurado, salvo que venga en el formulario multilingüe de la UE. Dos testigos mayores de edad acuden a la cita del expediente y de nuevo a la ceremonia.
El expediente es la parte lenta; la cola del propio registro decide la fecha. Una vez concedida, la autorización vale un año improrrogable, y la ceremonia puede celebrarse ante el encargado del registro, el alcalde o un concejal delegado, un notario o tu cónsul. Desde ese día estáis casados a todos los efectos en España y fuera.

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El registro valenciano frente al resto
Cualquier registro público de la UE cumple las normas de extranjería, pero solo el registro valenciano da el trato sucesorio de cónyuge en la Comunitat Valenciana. Una pareja inscrita en otra comunidad que se instala en Valencia debería volver a inscribirse aquí, y comprobar antes que la inscripción anterior está cancelada.
Qué desbloquea cada estatus: residencia, IRPF, pensión, herencia
La residencia es igual en ambos casos. Según el Real Decreto 240/2007, el cónyuge o la pareja registrada de un ciudadano de la UE solicita la tarjeta de familiar en idénticas condiciones; una pareja no registrada tiene que acreditar una relación estable. Para un reagrupante no comunitario, el Reglamento de Extranjería de 2024 admite cónyuge o pareja registrada, y una pareja no registrada solo con doce meses de convivencia acreditada.
En lo fiscal es donde se separan. Solo los matrimonios pueden presentar el IRPF conjuntamente: la regla de la Agencia Tributaria es que en una pareja de hecho solo uno de sus miembros puede formar unidad familiar. La pensión de viudedad sigue una línea parecida: el cónyuge la tiene de entrada, la pareja registrada solo si la inscripción tiene al menos dos años al fallecer y la pareja convivió los cinco años anteriores.
La herencia es la brecha más ancha. El cónyuge tiene un usufructo legal y hereda sin testamento; la pareja registrada en Valencia no tiene ningún derecho civil y necesita un testamento para recibir algo. Lo que sí da el registro valenciano es el trato fiscal: según el artículo 12 quáter de la ley fiscal autonómica, la pareja inscrita en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas se asimila al cónyuge, así que la reducción de 100.000 EUR y la bonificación del 99 % se aplican a lo que el testamento le deje.
Bienes, hijos y ruptura
Casarse en Valencia sin capitulaciones te sitúa en la sociedad de gananciales del Código Civil: lo que cualquiera de los dos gana desde la boda es de ambos. La pareja de hecho no tiene régimen alguno desde la sentencia de 2016; cada uno es dueño de lo que está a su nombre, y un piso compartido pertenece en las cuotas que diga la escritura. Las parejas que quieren otro arreglo firman un contrato ante notario, en ambos casos.
A los hijos no les afecta el estatus que elijáis. La patria potestad, los apellidos y la pensión de alimentos son idénticos para padres casados y no casados, y un hijo en común es en sí mismo prueba de la relación a efectos de extranjería y de pensión.
Poner fin a una pareja de hecho es una declaración de cualquiera de los dos ante el registro; poner fin a un matrimonio es un divorcio, notarial de mutuo acuerdo si no hay hijos menores, judicial si los hay. Esa asimetría forma parte de la elección: el registro es fácil de dejar, y precisamente por eso da menos derechos.
Dónde se equivocan las parejas
Creer que pareja de hecho significa declaración conjunta
No es así. La declaración conjunta es para matrimonios; una pareja registrada presenta dos declaraciones individuales. Para una pareja con un solo sueldo, eso puede costar dinero de verdad cada año.
Saltarse el testamento
Una pareja registrada en Valencia no hereda nada por ley. Un testamento cuesta el arancel del notario y una tarde, y es lo único que convierte la bonificación fiscal en una herencia real.
Papeles extranjeros caducados
El certificado de nacimiento del expediente matrimonial debe tener menos de un año y estar apostillado. Pídelo pronto, al registro correcto, y haz la traducción jurada en España.
Una pareja anterior todavía inscrita
Una unión inscrita hace años en otra comunidad o en otro país bloquea la nueva inscripción. Cancélala primero; el certificado de cancelación va en el expediente.
En qué orden hacerlo
- 1
Decide qué puerta
Si el objetivo es la residencia de tu pareja y nada más, el registro es más rápido. Si importan el IRPF, la pensión o la herencia, o podéis mudaros a un país que no reconoce los registros españoles, el matrimonio es la respuesta duradera.
- 2
Consigue los documentos extranjeros
Certificado de nacimiento, certificado de estado civil o de capacidad y cualquier sentencia de divorcio, cada uno apostillado o legalizado. Encarga las traducciones juradas cuando tengas los originales, no antes.
- 3
Padrón y cita
Asegúrate de que al menos uno de los dos está en un padrón valenciano y luego pide cita en el registro o abre el expediente en el Registro Civil. Lleva dos testigos al expediente matrimonial.
- 4
Inscribíos o casaos, y recoged el certificado
El registro expide el certificado de inscripción en tres meses; el matrimonio produce un certificado el mismo día. Cualquiera de los dos es lo que necesita la solicitud de residencia.
- 5
Solicita la tarjeta de residencia y haz el testamento
Presenta la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE o la solicitud de reagrupación con el certificado, y pasa por la notaría para un testamento en el mismo mes. Las parejas registradas, sobre todo, no deberían esperar.
Dos extranjeros, un español o un ciudadano de la UE
Al registro no le importa la nacionalidad, así que dos extranjeros no comunitarios residentes en Valencia pueden inscribirse en las mismas condiciones que cualquiera, y su inscripción es prueba de vida familiar para una futura solicitud de residencia de larga duración o para traer a un hijo. El valor en extranjería aparece cuando uno de los dos tiene un estatus que el otro no tiene.
Cuando uno es ciudadano de la UE, la inscripción es la vía más corta a la tarjeta de familiar de cinco años, y cuando uno es residente no comunitario, es lo que hace reagrupable al otro. En ambos casos el certificado hace el trabajo que, de otro modo, tendrían que hacer meses de facturas conjuntas y fotos.
Nuestro socio legal en Valencia lleva las dos vías para parejas extranjeras: la solicitud en el registro, el expediente matrimonial con sus papeles extranjeros y la solicitud de residencia que viene después. La primera conversación es sobre qué puerta encaja con vuestra situación, y esa es la pregunta que conviene hacer antes de empezar el papeleo.
Fuentes oficiales
- Generalitat Valenciana: inscripción en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas (procedimiento 917)
- Ley 5/2012 de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana, texto consolidado (BOE)
- Sentencia del Tribunal Constitucional 110/2016 que anula los artículos de efectos civiles de la ley (BOE)
- Registro Civil de la Generalitat Valenciana: requisitos del matrimonio civil
- Real Decreto 240/2007 sobre ciudadanos de la UE y sus familiares (BOE)
- Agencia Tributaria: quién puede optar por la declaración conjunta del IRPF
- Ley General de la Seguridad Social, artículo 221, pensión de viudedad de las parejas de hecho (BOE)
- Ley 13/1997 de la Generalitat, texto consolidado, artículo 12 quáter de asimilación de la pareja inscrita al cónyuge (DOGV)

Residente en Valencia desde 2016. Fundador de BeTranslated. Más de 25 años en traducción, interpretación y SEO multilingüe.
Revisado el 4 de septiembre de 2026 por Michael Bastin
